*La comunidad demostró un compromiso activo con el futuro urbano de la comuna al enviar sus observaciones hasta el 13 de marzo pasado.
*El equipo técnico deberá ahora analizar cada observación y preparar el Proyecto definitivo del PRC, que será sometido a aprobación del Concejo Municipal y la SEREMI MINVU.
66 cartas con observaciones fundadas fueron la que recibió la Municipalidad de Futaleufú para el Anteproyecto del Plan Regulador Comunal (PRC) y su Evaluación Ambiental Estratégica (EAE), lo que da cuenta de un activo compromiso ciudadano con el desarrollo urbano y territorial de la comuna.
El plazo de 30 días para la presentación de observaciones —que se extendió hasta el 13 de marzo de 2026— se enmarca en lo establecido en el artículo 43 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y el artículo 2.1.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), normas que regulan el proceso de consulta pública de los planes reguladores en todo el país y que garantizan el derecho de la ciudadanía a expresarse de manera formal y fundada sobre los instrumentos de planificación territorial que regirán su entorno.
El PRC de Futaleufú ha sido construido sobre la base de una participación ciudadana sostenida a lo largo de múltiples etapas. Tras el diagnóstico participativo comunal, la imagen objetivo y las propuestas de estructuración urbana, el proceso llegó a su fase de Consulta Pública con la realización de dos rondas de Audiencias Públicas, llevadas a cabo en enero y febrero de 2026 en el Auditorio del Liceo Bicentenario de Futaleufú, con una alta asistencia de vecinos, organizaciones comunitarias, propietarios y actores del desarrollo local.
Las audiencias abordaron materias estratégicas para el futuro de la ciudad: límites urbanos, alturas máximas de edificación, zonificación de usos de suelo, ordenamiento vial y delimitación de zonas de riesgo, entre otras. A partir de esas instancias, los ciudadanos contaron con acceso a los planos y la ordenanza del Anteproyecto para formular sus observaciones por escrito.
¿Qué son las observaciones fundadas?
Según lo dispuesto en el artículo 43 de la LGUC, las observaciones fundadas son aquellas presentadas por escrito durante el período de consulta pública, que deben estar debidamente justificadas y referirse a aspectos específicos del Anteproyecto. A diferencia de comentarios generales, estas observaciones tienen carácter formal y el organismo a cargo del estudio está obligado a pronunciarse sobre cada una de ellas, indicando si fueron acogidas, acogidas parcialmente o rechazadas, con su respectiva justificación técnica.
¿Qué viene ahora?
Con el cierre del período de observaciones, el proceso entra en una fase técnica crucial. El equipo consultor a cargo del estudio —la empresa COREAL Desarrollos Tecnológicos SpA— junto al equipo municipal y la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo (SEREMI MINVU) de Los Lagos, deberá llevar a cabo las siguientes acciones:
- Análisis y sistematización de las 66 observaciones. Cada carta será revisada, clasificada por temática y evaluada técnicamente en función de su pertinencia con las normas de la LGUC y la OGUC, los estudios de base del PRC y los acuerdos alcanzados durante el proceso participativo.
- Pronunciamiento formal sobre cada observación. Conforme al mandato del artículo 43 de la LGUC, el equipo redactor deberá pronunciarse explícitamente sobre si cada observación es acogida, parcialmente acogida o rechazada, dejando constancia técnica de los fundamentos de cada decisión.
- Elaboración del Proyecto definitivo del PRC. Incorporadas o descartadas las modificaciones derivadas de las observaciones, se elaborará el Proyecto de Plan Regulador Comunal, el documento definitivo que incluye la Memoria Explicativa, la Ordenanza Local, los Planos reguladores y el Informe Ambiental final.
- Remisión a la SEREMI MINVU. El Proyecto será enviado a la Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de Los Lagos para su revisión y pronunciamiento técnico-normativo.
- Aprobación por el Concejo Municipal. Contando con el visto bueno de la SEREMI MINVU, el PRC deberá ser aprobado formalmente por el Concejo Municipal de Futaleufú, instancia que le otorgará valor legal y lo convertirá en el instrumento de planificación territorial vigente de la comuna.
- Promulgación y entrada en vigor. Una vez aprobado, el PRC será promulgado mediante decreto alcaldicio y publicado en el Diario Oficial, momento desde el cual será de cumplimiento obligatorio para todo desarrollo urbano al interior del límite urbano de Futaleufú.
Para conocer los antecedentes completos del Anteproyecto, la Ordenanza y los planos del PRC, visita https://drive.google.com/drive/folders/19eGNDfNi7xpuXw_Ofoigw6MR699dNLqB

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